El día 6 de diciembre es un día importante para todos los españoles, el mismo día del año 1978 fue ratificada por referéndum la Constitución Española, norma suprema del ordenamiento jurídico español.
Además de ello, es una norma que avala, defiende y protege a la tauromaquia por sí sola y que ha permitido tumbar prohibiciones taurinas, como la de Cataluña, en la que en el año 2021 el Tribunal Constitucional tumbó la Ley catalana que en 2011, prohibía las corridas de toros en la comunidad.
¿Qué artículos avalan la constitucionalidad de la tauromaquia?
Artículo 20.1b. Se reconocen y protegen los derechos a la producción y creación literaria, artística, científica y técnica.
Artículo 38. Se reconoce la libertad de empresa en el marco de la economía de mercado. Los poderes públicos garantizan y protegen su ejercicio y la defensa de la productividad, de acuerdo con las exigencias de la economía general y, en su caso, de la planificación.
Artículo 40.1. Los poderes públicos promoverán las condiciones favorables para el progreso social y económico y para una distribución de la renta regional y personal más equitativa, en el marco de una política de estabilidad económica. De manera especial realizarán una política orientada al pleno empleo.
Artículo 44.1. Los poderes públicos promoverán y tutelarán el acceso a la cultura, a la que todos tienen derecho.
Artículo 46. Los poderes públicos garantizarán la conservación y promoverán el enriquecimiento del patrimonio histórico, cultural y artístico de los pueblos de España y de los bienes que lo integran, cualquiera que sea su régimen y su titularidad. La ley penal sancionará los atentados contra este patrimonio.
Artículo 128. Toda la riqueza del país en sus distintas formas y sea cual fuere su titularidad está subordinada al interés general.
Artículo 149. 1 (regla 1). El Estado tiene competencia exclusiva sobre la regulación de las condiciones básicas que garanticen la igualdad de todos los españoles en el ejercicio de los derechos y en el cumplimiento de los deberes constitucionales.
Artículo 149. 1 (regla 28). Defensa del patrimonio cultural, artístico y monumental español contra la exportación y la expoliación; museos, bibliotecas y archivos de titularidad estatal, sin perjuicio de su gestión por parte de las Comunidades Autónomas.
Artículo 149.2. Sin perjuicio de las competencias que podrán asumir las Comunidades Autónomas, el Estado considerará el servicio de la cultura como deber y atención esencial y facilitará la comunicación cultural entre las Comunidades Autónomas, de acuerdo con ellas.